REGIMEN LEGAL
DE LA MEDIACION EN LA PROVINCIA DEL CHACO.
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SEXTO: Dra. MARIA LUISA LUCAS - Ministro del
Superior Tribunal de Justicia- Presidente de la Sala Primera Civil, Comercial
y Laboral pone en conocimiento las experiencias recogidas en el Seminario de
Mediación, dictado por Nova Southeastern University en Florida - U.S.A. ...El
Ministerio de Justicia de la Nación dictó la Resolución N: 121/95 declarando
de interés el training de Mediadores dictado en Fort Lauderdale, Florida por
la Nova South Eastern University.... El Superior Tribunal de Justicia en una
actitud de avanzada, podría programar los cursos de capacitación de mediadores
juntamente con la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales y los
Colegios Profesionales del medio...ACORDARON: Tomar conocimiento y disponer
la programación de los cursos en forma sugerida por la Sra. Ministro
informante. Fdo.Dres. EDUARDO OMAR MOLINA: Presidente, ALBERTO MARIO MODI,
MARIA LUISA LUCAS, AQUILES HERNAN SOTELO, GUILLERMO E. MENDOZA: Jueces; JORGE
E.O. CANTEROS: Procurador General; Escr. ENZO N. GALCERAN :Secretario de Superintendencia". |
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CUARTO: "...ACORDARON: Impulsar todo mecanismo
alternativo de solución de conflictos como la Mediación, como instrumentos
válidos y modernos para descongestionar a la labor de los tribunales, y
herramientos de restauración de una cultura armonizadora, pacificadora y
coexistencial. Fdo. Dres. MARIA LUISA LUCAS: Presidente en Feria Judicial;
EDUARDO O. MOLINA, GUILLERMO E. MENDOZA, ALBERTO MARIO MODI: Jueces; Escr. HUGO GRANDI: Secretario de
Superintendencia". |
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Se resuelve: I.- AVANZAR en la Segunda Etapa de
Capacitación con el Seminario taller de entrenamiento en técnicas de
Mediación ...II.-...III.-SELECCIONAR los mediadores para practicar Pasantías
y Comediación a fin de proceder a inscribirlos en el respectivo registro de
Mediadores en el Ministerio de Justicia de la Nación...." Fdo.Dra. MARIA
LUISA LUCAS: Presidente en Feria Judicial; Dr. JORGE R. AMAD: Secretario de
Superintendencia".- |
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CUADRAGESIMO SEGUNDO: ...ACORDARON: "...18)
...En virtud de la resolución de Presidencia N: 13/96 en la que se dispuso avanzar
en la Segunda Etapa de Capacitación con el Seminario de entrenamiento en
técnicas de Mediación, designar Coordinadora del Seminario de Capacitación de
Mediadores a la Sra. Presidenta de este Alto Cuerpo. Fdo. Dres. MARIA LUISA
LUCAS: Presidenta; EDUARDO O. MOLINA, AQUILES H. SOTELO, GUILLERMO E.
MENDOZA, ALBERTO MARIO MODI: Jueces; JORGE E.O. CANTEROS: Procurador General;
JORGE R. AMAD: Secretario de Superintendencia". |
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Se resuelve: I.- Disponer la Creación de una
Comisión de Trabajo bajo la Coordinación de la DRA. MARIA LUISA LUCAS -
Presidenta del Superior Tribunal de Justicia a fin de considerar la implementación
más conveniente del Procedimiento de Mediación - anexo al Poder Judicial de
la Provincia del Chaco...." Fdo. Dres. MARIA LUISA LUCAS: Presidenta;
EDUARDO O. MOLINA, AQUILES H. SOTELO, GUILLERMO E. MENDOZA, ALBERTO MARIO
MODI: Jueces; JORGE R. AMAD: Secretario de Superintendencia". |
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Se resuelve: "Establecer como Experiencia piloto
al Juzgado Civil y Comercial N: 1 y a la Defensoría Civil N: 8, ambos de esta
ciudad para la selección de los juicios o casos que se consideren
mediables..." Fdo. Dres. MARIA LUISA LUCAS: Presidenta; EDUARDO O.
MOLINA, AQUILES H. SOTELO, ALBERTO MARIO MODI: Jueces; JORGE R. AMAD:
Secretario de Superintendencia". |
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Entre el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia
del Chaco y la Fundación Libra donde convienen: |
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Art. 1.-)" El Superior Tribunal de Justicia
pone a disposición de la Fundación la infraestructura para la realización de
cursos..." Art. 2.-) " Por su parte la Fundación Libra manifiesta
que, en virtud del Convenio celebrado oportunamente por el Ministerio de
Justicia de esa Fundación, los cursos de mediación por esta última gozan de
reconocimiento oficial...,por lo tanto, los certificados otorgados a los
Mediadores por la Fundación son homologados por ese Ministerio". Art.3.-)
" La Fundación Libra se compromete a suministrar el material
didáctico..." Art.4.-) " Ambas partes apoyarán institucionalmente,
con los medios que se convengan en cada caso, la difusión de las actividades
docentes que en conjunto sean acordadas"....Art.5.)...Art.6.-) ....".Fdo.
Dra. MARIA LUISA LUCAS : Presidenta - Superior Tribunal de Justicia de la
Provincia del Chaco; José María Cier: Presidente - Fundación Libra.- |
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VISTO: La Resolución N: 237 del 16/04/96 y;
CONSIDERANDO: Que por dicha resolución se establece como Experiencia Piloto
al Juzgado Civil y Comercial N: 1 y a la Defensoría Civil N: 8, ambos de esta
ciudad, para la selección de los juicios o casos que se consideren mediables
a fin de su derivación al procedimiento de mediación. Que el propósito de
dicha derivación es la experimentación de las pasantías esenciales para la
obtención del Certificado Habilitante de Mediador con el cual se finaliza el
curso de capacitación y entrenamiento de Mediador dictado por la Fundación
Libra y organizado por este Superior Tribunal de Justicia. Que para el
cumplimiento de tal objetivo es necesario contar con cantidad suficiente de
casos reales que se consideren mediables.Que en virtud de ello, es
imprescindible , ampliar la Resolución N : 237 dictada por este Alto Cuerpo
con fecha 16/04/96, autorizando al Centro de Mediación a recibir conflictos o
disputas para ser resueltos en forma pacífica por el Instituto de la
Mediación, ya sea con casos judiciales en trámite en otros juzgados distintos
al de la experiencia piloto, como de otras Defensorías, siempre que las
partes de un caso, y sus abogados, si los hubiere, manifiesten ante el
Juzgado o Defensorías su conformidad de someter el conflicto al procedimiento
de la mediación a los fines indicados en la Resolución N: 237. Por ello, EL
SUPERIOR TRIBUNAL E JUSTICIA, RESUELVE: I. AMPLIAR la resolución N: 237 del
16/04/96, AUTORIZANDO AL CENTRO DE MEDIACION - ANEXO A LOS TRIBUNALES a recibir
conflictos o disputas judiciales en trámite en otros juzgados, distintos a
los designados para la experiencia piloto como también de otras Defensorías,
siempre que las partes de un caso, y sus abogados, si los hubiere,
manifiesten ante el Juzgado o Defensoría su conformidad de someter el
conflicto al procedimiento de Mediación. II. La presente forma parte
integrativa de la resolución antes mencionada. III. REGISTRESE y Notifíquese.
Fdo. Dres. MARIA LUISA LUCAS: Presidenta; EDUARDO OMAR MOLINA,AQUILES H.
SOTELO, GUILLERMO E. MENDOZA , ALBERTO MARIO MODI: Jueces; JORGE R. AMAD:
Secretario de Superintendencia". |
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VISTO: Que las resoluciones dictadas por el Superior
Tribunal de Justicia N: 13 del 11/01/96, N: 37 del 15/02/96, N: 237 del 16/
04/96 y N: 431 del 25/05/96...Que mediante dichas resoluciones se creó el
Centro de Mediación anexo al Poder Judicial donde en el marco de la
experiencia piloto, los Juzgados y Defensorías en la Provincia están
derivando casos que se tramitan ante sus estrados a fin de permitir que se
realicen las pasantías necesarias para la habilitación como mediadores a los
profesionales universitarios que cumplieron los requisitos de cursos
introductorios y entrenamientos, exigidos por el Ministerio de Justicia de la
Nación ...EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, RESUELVE: I.- AVANZAR con los
cursos de capacitación y perfeccionamiento de mediadores organizados por el
Superior Tribunal de Justicia ....III.- HABILITAR por Secretaría de
Superintendencia del Superior Tribunal de Justicia un registro de mediadores
egresados del Centro de Mediación - anexo al Poder Judicial..." Fdo.Dres.
MARIA LUISA LUCAS: Presidenta; EDUARDO O. MOLINA, AQUILES H. SOTELO,
GUILLERMO E. MENDOZA, ALBERTO MARIO MODI: Jueces; JORGE R. AMAD: Secretario
de Superintendencia". |
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VISTO: ................., y; CONSIDERANDO: ........
Que no obstante la postergación del dictado de cursos, es imprescindible
realizar el acto de entrega de diplomas a los primeros mediadores egresados
del Centro de Mediación, servicio conexo al Poder Judicial, que han concluído
satisfactoriamente las pasantías en el mes de junio próximo pasado, y que a
la vez son mediadores inscriptos en el Registro del Ministerio de Justicia de
la Nación, de acuerdo el convenio de homologación suscripto entre ese Ministerio
y la Fundación Libra, que tuvo a su cargo el dictado de los cursos.- Que para dicho acto se fija el día 23 de agosto
próximo a las 18 hs., con invitación a las autoridades nacionales,
provinciales y municipales, así como a los Colegios Profesionales del medio y
autoridades y docentes de la Fundación Libra.- Por ello, EL SUPERIOR TRIBUNAL
DE JUSTICIA, RESUELVE: I) ......... II) DISPONER: la entrega de Diplomas a
los Mediadores que concluyeron satisfactoriamente las pasantías en el Centro
de Mediación, servicio conexo al Poder Judicial, en el marco de la
Experiencia Piloto, en acto púlico a llevarse a cabo en el Salón Auditorio
del Superior Tribunal de Justicia, el día 23 de agosto del corriente año, a
las 18 hs.- III) REGISTRESE y notifíquese.- Fdo. Dra. MARIA LUISA LUCAS:
PRESIDENTA; Dr. AQUILES HERNAN SOTELO, Dr. GUILLERMO E. MENDOZA, Dr. ALBERTO
MARIO MODI: Jueces Y Dr. JORGE ROBERTO AMAD: Secretario de Superintendencia.- |
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Se resuelve: III.- Inscribir en el Registro de
Mediadores...la lista correcta de la siguiente manera; doctores: 1) SILVANA
ALBARRAN; 2) FEBE ANZOATEGUI CICUTA; 3) MARTA BEATRIZ AUCAR DE TROTTI; 4)
CATALINA FLORA BARTEK; 5) AURELIA BENITEZ DE DUARTE; 6) MARIA LAURA BIEBER DE
ESTIGARRIBIA; 7) BEATRIZ C. MARIA CONTRERAS; 8) MARIA LAURA ESTIGARRIBIA
BIEBER; 9) NORMA BEATRIZ FACAL DE MARCHI; 10) ANIBAL FARIAS SOLIMANO; 11)
CARLOS EDUARDO FELDMANN; 12) MIGUEL ARMANDO GARRIDO; 13) ALEXIS JOVANOVICH;
14) CELIA JUDCHAK DE KATZ; 15) AMANDA E. KEES; 16) ELBA MIRTA LOPEZ; 17) DORA
LOZINA DE SOTELO; 18) MARIA LUISA LUCAS; 19) ANA HERMOSINA MARTI GARRO; 20)
ESTEBAN DANIEL MARTINEZ; 21) DANIEL MARTINEZ ZAMPA; 22) MARIA CRISTINA
MEISTER; 23) NORMA ESTER MONTENEGRO; 24) PEDRO OSCAR OJEDA; 25) FRESIA DAICY
PEDRINI DE SERRANO; 26) DELIA DEL CARMEN RAMOS; 27) MARIA ANDREA RANO; 28)
ABEL DAVID ROBLES; 29) EDUARDO CAMILO SCHANTON; 30) MARIA CRISTINA SCOLARI;
31) MERCEDES ITATI SOTELO DE STORI; 32) JORGE DANIEL SUDAR; 33) MARTA
TRAMALLINO DE GUINEA; 34) EDUARDO ITATI VARELA LOPEZ; 35) SILVIA VARELA, y
las licenciadas en Trabajo Social: 36) TERESA MARIA FEDRIZZI; 37) LIDIA
MIRIAM CORDEIRO; 38) SARA MANEVY DE LUQUE; 39) BEATRIZ VIVIANA TUNIK. IV.
Registrese y notifíquese ." Fdo.Dres. MARIA LUISA LUCAS: Presidenta;
EDUARDO O. MOLINA, AQUILES H. SOTELO, GUILLERMO E. MENDOZA, ALBERTO MARIO
MODI: Jueces; JORGE R. AMAD: Secretario de Superintendencia".- |
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DECIMO TERCERO: "...ACORDARON: Ratificar las
funciones de Coordinadora que venía ejerciendo la señora Ministra del Alto Cuerpo
Dra. María Luisa Lucas, entre la Universidad Católica Argentina de Santa Fe y
este Superior Tribunal de Justicia; en lo referente al curso de Post- Grado -
Doctorado en Ciencias Jurídicas que se dicta en esta ciudad, como así también
lo referente a la coordinación sobre los cursos relacionados con Mediación y
Centro de Mediación conexo al Poder Judicial, facultándola para que continúe
ejerciendo dichas funciones..." Fdo. Dres. ALBERTO MARIO MO0DI:
Presidente Subrogante; EDUARDO O. MOLINA, MARIA LUISA LUCAS, GUILLERMO E.
MENDOZA: Jueces; JORGE E. O. CANTEROS: Procurador General; JORGE R. AMAD:
Secretario de Superintendencia".- |
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DECIMO
SEXTO: "... ACORDARON: Aprobar la exposición de motivos y Proyecto de
Ley sobre Resolución Alternativa de Disputas, remitiendo al señor Presidente
de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, las presentes
actuaciones para su conocimiento y consideración. Fdo. Dres. ALBERTO MARIO
MODI: Presidente; MARIA LUISA LUCAS, GUILLERMO E. MENDOZA: Jueces; JORGE E.
O. CANTEROS: Procurador General; JORGE R. AMAD: Secretario de
Superintendencia". |
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VISTO...y,
CONSIDERANDO: "...Que el Poder Judicial Provincial es pionero en la
instrumentación de la Mediación, mediante el Centro de Mediación, mediante el
Centro de Mediación ...EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, RESUELVE: I.-
Auspiciar el Simposio sobre Mediación Comunitaria..." Fdo.Dres. EDUARDO
O. MOLINA: Presidente; MARIA LUISA LUCAS, ALBERTO MARIO MODI, GUILLERMO E. MENDOZA,
RAMON RUBEN AVALOS: Jueces; JORGE R. AMAD: Secretario de
Superintendencia". |
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Se
resuelve: " I.- Inscribir en la nómina del Registro de Mediadores del
Superior Tribunal de Justicia, con el número de inscripción que a
continuación se detalla, a los siguientes participantes: 40) C.P.N. MARIA
ESTER SALAZAR; 41) Dr. RICARDO ARIEL GONZALEZ ZUND; 42) C.P.N. JOSE MANUEL
VARELA; 43) Dra.MARIA ESTER ANADON IBARRA; 44)Dra. YOLANDA LUCIANA URRUTIA;
45) Dra. MARIA GRACIELA LLUDGAR; 46) Dra. RAQUEL ELISA JAJAM. II.- Poner en
nota de inscripción en cada uno de los diplomas y hacer entrega a los
peticionantes. III.- Regístrese y comuníquese." Fdo.Dres.EDUARDO O.
MOLINA: Presidente; MARIA LUISA LUCAS, ALBERTO MARIO MODI, RAMON RUBEN
AVALOS, RICARDO FERNANDO FRANCO:Jueces; JORGE R. AMAD:Secretario de
Superintendencia". |
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Se
resuelve: I.- Proponer al Poder Legislativo de la Provincia del Chaco la
modificación parcial del art. 18 de la Ley Provincial N: 4498,el que quedará
redactado de la siguiente forma: " Art. 18: Mediación Gratuita : Créase
el Centro Público de Mediación - como servicio conexo al Poder Judicial, el
que prestará el servicio previsto en la presente Ley, en forma gratuita. A
tal efecto recibirá la derivación de los procesos judiciales cualquiera fuera
su etapa procesal. En dicha oportunidad el Juez o Defensor podrá remitir los
mismos al Centro Público de Mediación o a alguno de los mediadores inscriptos
en el Registro de Mediadores del Superior Tribunal de Justicia. También podrá
cumplir funciones de capacitación de mediadores, investigación, asistencia
técnica y apoyo a los programas de entrenamiento de mediadores. II REMITIR la
presente a la Cámara de Diputados para su consideración. III. Registrar,
comunicar y archivar". Fdo. Dres. ALBERTO MARIO MODI: Presidente, RAMON
RUBEN AVALOS, MARIA LUISA LUCAS, RICARDO FERNANDO FRANCO, EDUARDO O. MOLINA:
Jueces; JORGE R. AMAD: Secretario de Superintendencia". |
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VISTO :
La solicitud de inclusión en la nomina del Registro de Mediadores del
Superior Tribunal de Justicia, de la Dra. Mabel A. del Rosario Fariz,
conforme lo dispuesto en Resolución Nº 666 del 11-07-96 y CONSIDERANDO :
.......... Por ello el Superior Tribunal de Justicia RESUELVE : I)
INSCRIBIR en la nomina del Registro de Mediadores del Superior Tribunal de
Justicia, con número de inscripción 47, a la Dra. Mabel A. del Rosario Fariz
(D.N.I. Nº 10.335.305). II) ............ III) REGISTRAR y comunicar. Fdo.
Dres. ALBERTO MARIO MODI : PRESIDENTE, RAMON RUBEN AVALOS, MARIA LUISA
LUCAS, RICARDO F. FRANCO, EDUARDO O. MOLINA : JUECES ; JORGE
ROBERTO AMAD Secretario de Superintendencia.- |
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Visto:.....EL
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, Resuelve: I. APROBAR el Reglamento del
Registro de Mediadores de la Provuincia del Chaco, que en anexo integra la
presente resolución, e incorporarlo como Capítulo XXVIII del Reglamento
Interno del Poder Judicial, el que se pondrá en vigencia a partir del primero
(1ro.) de febrero del año 2000....DISPOSICIONES GENERALES....DEL CENTRO
PUBLICO DE MEDIACION. Art. 16.- Para la atención de los casos que concurran
al Centro de Mediación, se procederá a designar por sorteo al mediador de la
nómina de mediadores registrados ante el Poder Judicial. El mediador
desinsaculado no integrará la lista de sorteo hasta tanto no hayan sido
designados la totalidad de los registrados, que hubieren manifestado en forma
expresa su voluntad de participar en el procedimiento de mediación a llevarse
a cabo en el Centro Público de Mediación. Fdo. Dres.ALBERTO MARIO MODI:
Presidente, RAMON RUBEN AVALOS, MARIA LUISA LUCAS, RICARDO FERNANDO FRANCO,
EDUARDO O. MOLINA: Jueces; JORGE R. AMAD: Secretario de
Superintendencia". |
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TESTIMONIO :
".......... DECIMO : Dra. María de las Mercedes Vizcaya, Abogada,
solicita inscripción en el Registro de Mediadores. Dra. María Luisa Lucas
Ministra del Superior Tribunal de Justicia, Coordinadora del Centro de
Mediación, informa que la Dra. Vizcaya ha cumplimentado con las pasantías
requeridas de acuerdo al Reglamento del Registro de Mediadores conforme al artículo
2º y está abonando el costo de las mismas ; en consecuencia corresponde
su inscripción en dicho Registro. ACORDARON : Inscribir en la nómina del
Registro de Mediadores del Superior Tribunal de Justicia, con número de
inscripción 48, a la Dra. María de las Mercedes Vizcaya (D.N.I. Nº :
13.719.471). Fdo. Dres. RAMON RUBEN AVALOS : PRESIDENTE ; MARIA
LUISA LUCAS, RICARDO F. FRANCO, EDUARDO O. MOLINA, ALBERTO MARIO MODI :
JUECES ; JORGE E. O. CANTEROS : Procurador General ; JORGE R.
AMAD : Secretario de Superintendencia.- |
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PUNTO
UNDECIMO: Opinión de los señores Ministros con referencia al informe de la
señora Ministra del Superior Tribunal de Justicia, Coordinadora del Centro de
Mediación, Dra. María Luisa Lucas sobre los trámites realizados ante el
Ministerio de Justicia de la Nación y Derechos Humanos, a fin de obtener la
asistencia técnica del Ministerio, para el Centro de Mediación - Conexo al
Poder Judicial u otro organismo similar, que tuviera las funciones de
capacitación de Mediadores, investigación y apoyo a los programas de
entrenamiento para los mismos; y donde adjuntara fotocopia de la Disposición
N: 32 de fecha 07/04/00, de la Dirección Nacional de Medios Alternativos de
Resolución de Conflictos, por la que se habilita con el número 147 del
Registro de Instituciones Formadoras en Mediación, al Centro de Formación de
Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos - Chaco, por haber cumplido
con los requisitos establecidos en la Resolución M. J. N: 284/98; que fuera
pasada a estudio por Acuerdo N: 2679, punto 15to.,de fecha 26/04/00.
ACORDARON: Tomar conocimiento de los trámites y gestiones sobre los que
informa la señora Ministra Dra. María Luisa Lucas, dando entera conformidad a
los mismos, como así en lo que refiere a la habilitación en el Registro de
Instituciones formadoras en Mediación. Fdo. Dres. RAMON RUBEN
AVALOS:Presidente; MARIA LUISA LUCAS, RICARDO FERNANDO FRANCO, EDUARDO OMAR
MOLINA, ALBERTO MARIO MODI: Jueces; JORGE E. O. CANTEROS:Procurador General;
JORGE ROBERTO AMAD: Secretario de Superintendencia".- |
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VISTO: La
normativa del sistema de mediación, establecida en la Ley Provincial N:
4498/98; la reglamentación del Registro de Mediadores (Resolución N: 1096/99)
y la Habilitación del Centro de Formación de Métodos Alternativos de
Resolución de Conflictos otorgada por Disposición N: 32/00 de la Dirección
Nacional de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos de la Nación.- CONSIDERANDO: Que las citadas
normas disponen que el Registro de Mediadores estará a cargo del Superior
Tribunal de Justicia, como así también su habilitación a través de la
Secretaría de Superintendencia u órgano competente que se designe. Que es
necesario disponer el procedimiento para cumplimentar las distintas etapas de
inscripción y habilitación de los mediadores. Que dicho procedimiento deberá
contemplar la situación de los mediadores que se encuentran ya inscriptos en
la nómina que obra en Secretaría de Superintendencia del Superior Tribunal de
Justicia llevada al efecto. Que para el trámite de inscripción de los
mediadores, deberá el Centro de Mediación - conexo al Poder Judicial informar
sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos por el Art. N: 6 de la Ley
N: 4498/98 y Reglamentación del Superior Tribunal de Justicia, cumplida la
misma será resuelta dicha inscripción por Resolución de Presidencia previa
vista al Sr. Procurador General. Que para cumplimentar el inc., d) del Art.
Mencionado, es imprescindible facultar al Centro de Mediación a practicar las
inspecciones a fin de verificar si las oficinas de los mediadores que
solicitan su inscripción permitan un correcto desarrollo del trámite de
mediación, labrándose para ello el acta respectiva de comprobación. Que a
efectos de adecuarse al Art. N: 18 de la Ley N: 4498 se deberá conferir al
actual Centro de Mediación - conexo al Poder Judicial -, la asignación de
Centro Público de Mediación como servicio conexo al Poder Judicial. Que la
Dirección Nacional de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, habilitado con el N:
de 147 del Registro de Instituciones Formadoras en Mediación, a CENTRO DE
FORMACION DE METODOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS - CHACO -, por
haber cumplido con los requisitos establecidos en la Resolución M.J. N:
284/98, en cuanto a garantizar la capacitación idónea de los mediadores
(Resolución M. J. N: 32/00). Por todo ello, el SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA,
RESUELVE: I).- DISPONER por Secretaría de Superintendencia del Superior
Tribunal de Justicia, el funcionamiento del Registro de Mediadores de la
Provincia del Chaco. II) MANTENER por habilitados los libros de inscripción y
de juramento que obran en la Secretaría de Superintendencia, con las
inscripciones de los 48 mediadores efectuada oportunamente. III) HABILITAR
los libros de Registro de firmas y sello y de sanciones de mediadores. IV)
CONFERIR al actual Centro de Mediación - conexo al Poder Judicial - la
asignación de "Centro Público de Mediación" como servicio conexo al
Poder Judicial. V) EXIMIR a los mediadores (Magistrados y Funcionarios) que
presten funciones en el Poder Judicial de la Provincia del Chaco, de la
disposición de oficinas que prevee el Art. 6to. Inc., d) de la Ley N: 4498.
VI) FACULTAR al Centro Público de Mediación a efectuar las inspecciones
mencionadas en los considerandos. VII) REGISTRAR y notificar . Fdo. Dres.
RAMON RUBEN AVALOS: PRESIDENTE, MARIA LUISA LUCAS, RICARDO FERNANDO FRANCO,
EDUARDO OMAR MOLINA, ALBERTO MARIO MODI: JUECES; JORGE R. AMAD: SECRETARIO DE
SUPERINTENDENCIA". |
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El 08/07/1998 se sanciona la referida ley, la misma
es publicada en el Boletín Oficial 7371 de fecha 16/12/1998 mediante lo cual
"PROMUEVESE EN LA PCIA. DEL CHACO LA MEDIACION COMO SISTEMA ALTERNATIVO
Y VOLUNTARIO DE RESOLUCIÓN DE DISPUTAS, CREASE EL REGISTRO DE MEDIADORES,
CÓDIGO DE ÉTICA, TRIBUNAL DE ÉTICA Y CENTRO PÚBLICO DE MEDIACIÓN" |
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El 18/04/2000 se sanciona la referida ley, la misma
es publicada en el Boletín Oficial 7606 de fecha 25/07/2000 mediante lo cual
"CREASE EL PLAN PROVINCIAL DE MEDIACIÓN ESCOLAR" |
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El 05/12/2001 se sanciona la referida ley, la misma
es publicada en el Boletín Oficial 7833 de 14/01/2002 mediante lo cual se "ESTABLECE
EN LA PROVINCIA DEL CHACO LA MEDIACIÓN PENAL COMO FORMA DE RESOLUCIÓN DE
CONFLICTOS. DEROGA EL ART.4 INC.A) DE LA LEY 4498" |